RÉGIMEN TRIBUTARIO
Esta empresa pertenece al régimen común ya que está
conformada por una persona jurídica, y por este simple hecho ya debe pertenecer
al régimen común. Esta es obligada a facturar IVA, a declarar y a llevar
contabilidad, deben solicitar autorización por factura, deben declarar renta,
presenta declaración bimestral del impuesto sobre las ventas a partir del
inicio de operaciones, aun cuando no hubiere percibido ingresos gravados en el
periodo y mientras no informe el cese de actividades.
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